El Director es nombrado por Resolución del Secretario Ejecutivo y depende directamente de éste.
Es responsable de todo lo concerniente a las finanzas, contabilidad, tesorería y, en general, de la administración económico-financiera de la Institución. Debe poseer capacidad, experiencia y manejo del tema relacionado con las funciones a desarrollar, además de honorabilidad y buena conducta.
Deberes y Atribuciones:
a) Dirigir y coordinar todo lo relacionado con la administración y finanzas de la SENAD.
b) Elaborar el anteproyecto del presupuesto de la SENAD para cada ejercicio fiscal, registrar y controlar su ejecución, elevando un informe mensual al Secretario Ejecutivo, o las veces que éste lo requiera.
c) Tramitar la provisión de los fondos presupuestados para la Institución.
d) Aprobar los compromisos y pagos, con cargo a los rubros previstos en el presupuesto vigente, y ponerlos a disposición del Secretario Ejecutivo para su cumplimiento.
e) Atender todo lo concerniente al suministro de bienes y servicios, previa autorización del Secretario Ejecutivo, requeridos por la Institución, y ejercer el control sobre el destino de los mismos.
f) Emitir las órdenes de compras de bienes y servicios y constatar la calidad de los mismos.
g) Efectivizar los pagos de sueldos, jornales, aguinaldos, viáticos y demás beneficios del personal.
h) Registrar y archivar los documentos referentes a los bienes patrimoniales de la SENAD y mantenerlos actualizados.
i) Llevar la contabilidad de la Institución, formar los expedientes de rendición de cuentas y presentarlos a los organismos pertinentes, previa aprobación del Secretario Ejecutivo.
j) Efectuar el balance general de sumas y saldos, y mantener actualizado el inventario general de la institución y, elevarlos a la Secretaría Ejecutiva para su presentación cuando corresponda a los organismos pertinentes.
k) Proponer al Secretario Ejecutivo el nombramiento de técnicos cuando fuere indispensable para labores especiales que deban realizarse en la dirección a su cargo.
l) Realizar todas los actos y gestiones previstos en las leyes, decretos, reglamentos y resoluciones; y
m) Cumplir con las demás actividades encomendadas por la Secretaría Ejecutiva.
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